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La iniciativa forma parte del plan de reactivación económica para el sector turismo del país.
 

Por: Silleny Sanabria Soto.

Mediante un Proyecto de Ley se pretende añadir un transitorio al artículo 148 Bis del Código de Trabajo, Ley N°2 y sus reformas de agosto de 1943, para trasladar los feriados a los días viernes, con el fin de promover la visitación interna y el turismo durante este año y el próximo, y de esta manera fortalecer la actividad económica del sector afectada por el impacto del COVID-19.

Según la publicación del Diario Oficial La Gaceta, el disfrute de los feriados correspondientes a las fechas del 25 de julio, 2 de agosto y 15 de agosto del 2020 se trasladarían para los días viernes que sean inmediatos anterior a la fecha de celebración, mientras que las fechas del 15 de setiembre, y 1 de diciembre de este año, se correrían para el viernes inmediato posterior.

Con respecto al 2021, las fechas del 11 de abril, del 1 de mayo, 25 de julio y 15 de agosto se trasladarán al viernes inmediato anterior, y los correspondientes al 15 de setiembre y 1 de diciembre al viernes inmediato posterior.

Sin embargo, aquellas actividades oficiales correspondientes a las conmemoraciones referidas para las fechas indicadas y cuando así proceda se realizarían el propio día dispuesto.

El transitorio a la Ley N°2, adiciona los feriados que sean lunes, martes, miércoles, jueves sábado o domingo se trabajen el propio día y se disfrute los días viernes utilizando la modalidad de fin de semana largo.

El proyecto está en consideración ante la Asamblea Legislativa y comenzaría a regir a partir de su publicación.


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19-12-2023

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