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Crédito: imagen con fines ilustrativos. sorianoticias.com
  • Hoteles de tres estrellas o más pueden participar.
  • Instalaciones se utilizarán para atender a las personas estables en aislamiento por COVID-2019.
  • CCSS formalizará una contratación con el hotel u hoteles, basado en su ubicación y criterios de idoneidad. 

El Instituto Costarricense de Turismo, en coordinación con la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) hace un llamado solidario para que las empresas hoteleras que cumplan con las condiciones abajo expuestas, puedan poner a disposición sus instalaciones para la atención de los enfermos de COVID-19 mediante una contratación que establece una tarifa de arrendamiento por área de aislamiento habitación por periodo establecido más una cuota de consumo.
 
María Amalia Revelo, ministra de Turismo, recalcó que se trata de un llamado humanitario al sector para brindar un apoyo a la CCSS en medio de esta emergencia nacional por la pandemia internacional. La jerarca indicó que pueden participar los hoteleros de todo el país que tengan la categorización de tres estrellas o superior. 
 
Los interesados para el arrendamiento de zonas de aislamiento de personas estables de COVID-19, deben hacer su “Manifestación de interés” a la CCSS.
 
La CCSS indica a las empresas hoteleras lo siguiente:

  • Disponer de una o más instalaciones que permitan alojar a personas en condiciones de aislamiento.
  • La ocupación de las instalaciones será gradual dependiendo del desarrollo de la emergencia, por lo que la CCSS podrá requerir alcanzar la capacidad máxima de una o más instalaciones en diferentes partes del territorio nacional.
  • Las personas a hospedar, deberán guardar aislamiento individual en una habitación para evitar el contagio a más personas.

Condiciones básicas:

  • Instalación (hotel) que disponga la capacidad de alojar pacientes en condiciones de aislamiento individual.
  • Cada habitación individual deberá disponer de: cama, televisión, baño, agua, silla de descanso, teléfono de comunicación interna, refrigerador pequeño.
  • La instalación deberá poder brindar las condiciones de alimentación de 5 tiempos: desayuno, café/merienda, almuerzo, café/merienda, cena.
  • La instalación debe poder brindar el servicio de lavado de ropa de cama y ropa de persona en aislamiento y limpieza de la habitación con cada cambio de aislamiento.
  • Cada cambio de persona en aislamiento se deberá hacer una limpieza profunda.
  • La limpieza diaria de la habitación será realizada por el paciente a quien se le entregará un kit básico de limpieza.
  • Las habitaciones de aislamiento no deberán tener alfombra.
  • Los pasillos de acceso a las habitaciones deberán ser de uso exclusivo para el ingreso y salida de alimentos y material de las habitaciones. 
  • El Hotel se compromete a delimitar una zona de aislamiento (módulo/piso).
  • Todas las habitaciones de la zona de aislamiento delimitada en las condiciones de la contratación   serán de uso exclusivo de la CCSS.
  • Se considera deseable que el hotel pueda definir una ruta de ingreso y salida al módulo de aislamiento exclusiva (ascensor o pasillo exclusivo).

Ubicación:

  • Se requieren instalaciones en todo el territorio nacional.
  • Se espera que las instalaciones se encuentren estratégicamente ubicadas, con cercanía o bien con acceso rápido (no mayor a 30 minutos), a algún hospital de la institución.
  • Deberá contar con permiso de funcionamiento emitido y vigente por el Ministerio de Salud. La CCSS se reserva el derecho de verificar las instalaciones de previo a ser emitida la orden de inicio.
  • Deberá disponer clasificación hotelera ICT igual o superior a 3 estrellas.
  • Facilidad de acceso por carretera nacional.

Otras condiciones:

  • Posibilidad de brindar diferentes dietas de alimentación de acuerdo con las condiciones particulares de las personas en aislamiento.
  • La instalación debe brindar la posibilidad de aislar una zona de habitaciones de forma exclusiva para la Institución.
  • La instalación deberá brindar la posibilidad de crecer en zonas de aislamiento de forma gradual en iguales condiciones que el módulo original.
  • La instalación deberá cumplir con los protocolos y normas de seguridad e higiene que establezca la CCSS.
  • La instalación deberá asegurar las condiciones de higiene y limpieza en esas rutas de accesos a la zona de aislamiento.
  • Cumplimiento Ley 7600, salida de emergencias, sistema de detección y supresión de incendios.
  • Deberá contar con escaleras de emergencia, planta eléctrica y tanque de agua potable. Deberá indicarle a la Institución la capacidad en días/horas autónomos de operación que la planta y el tanque le proporciona.

Condiciones de contratación:

  • La CCSS formalizará una contratación con el hotel u hoteles, basado en su ubicación y criterios de idoneidad.
  • Dependiendo del desarrollo de la emergencia, el Hotel se comprometerá a delimitar una zona de aislamiento (módulo/piso). Todas las habitaciones de la zona de aislamiento delimitada en las condiciones de la contratación serán de uso exclusivo de la Institución y se cancelará por tarifa de habitación de aislamiento.
  • En caso de ser un edificio de pisos, los pisos se irán habilitando a partir del piso superior hacia abajo. En caso de ser un edificio de desarrollo horizontal, se habilitarán de las áreas más externas hacia el ingreso de la instalación de manera que se evite el cruce de flujos de circulación.
  • La contratación establecerá un plazo mínimo requerido. La CCSS podrá ampliar el área y el periodo de arrendamiento según lo demande el desarrollo de la emergencia.
  • La modalidad de pago será: una tarifa de arrendamiento por área de aislamiento habitación por periodo establecido más una cuota de consumo.  Esta cuota de arrendamiento se cancelará por todo el módulo/piso de aislamiento delimitado en las condiciones de contratación.
  • En la contratación se definirán los servicios de consumo requeridos y la tarifa para cada uno de ellos:
    • Tiempos de alimentación.
    • Limpieza profunda.
    • Lavado de sabanas.
    • Kit de limpieza habitación.
    • Kit de higiene personal.
    • y otros por definir previo a su consumo.
  • La CCSS designará un administrador del contrato, quien fungirá como enlace con la Administración del Hotel.
  • Esta persona definirá y aprobará la zona de aislamiento, la orden de inicio, el reporte de las personas que ingresan, la aprobación de los consumos mensuales.
  • Los pagos se realizarán por mes vencido, para ello, la última semana de mes el Hotel presentará una factura con el desglose del área de aislamiento utilizada y los consumos por persona del periodo establecido.

En el siguiente enlace podrá detallar los Términos de Referencia que se solicitan a los interesados sobre las condiciones de aislamiento requeridas y la carta de “Manifiesto de Interés”. 


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